Desde hace apenas unos meses y de manera oficial cualquier persona sea cual sea su nacionalidad puede optar ya a tener un diploma DELE, en cualquier nivel y en cualquier lugar del mundo donde haya un centro de examen DELE reconocido.
Desde noviembre pasado se ha ampliado universalmente el ámbito subjetivo del DELE regulado en el Real Decreto 1004/2015 de 6 de noviembre y en el que ahora se dice textualmente:
“Los diplomas de español como lengua extranjera (DELE) podrán ser obtenidos por aquellos candidatos que hayan superado las pruebas de examen establecidas.”
Esto último modifica concretamente al artículo 2 (“Ámbito subjetivo”) del Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los diplomas DELE.
Por consiguiente, entre otras cosas hay que tener en cuenta que esto tiene importantes consecuencias a nivel administrativo:
- Desaparece la declaración jurada E/L2, ya que ahora también el nacional de un estado donde el español sea lengua oficial podrá presentarse, si lo desea, a las pruebas para obtener el DELE en cualquier nivel.
- Hace que cambien las condiciones y requisitos de inscripción en todos los documentos o soportes donde se mencione este punto: páginas web, blogs, redes sociales, hojas de inscripción, publicidad etc.
Estamos seguros de que esta ampliación del ámbito de los DELE será muy bien recibida por los destinatarios finales de los diplomas y permitirá a este sistema de evaluación llegar a un público más mayoritario.