Con motivo de la crisis sanitaria en la que nos encontramos, en España se ha regulado la restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen a través de la Orden INT/657/2020. Esta orden ha sido prorrogada en diversas ocasiones, siendo la última el 7 de julio de 2021.

Como consecuencia de una mejora constante y de la efectividad de los controles previos a la entrada, se ha decidido realizar ciertos cambios referentes a la apertura de fronteras de nuestro país. Para ello, el pasado 7 de julio se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden INT/715/2021 que modifica la Orden INT/657/2020 referente a las categorías exentas de denegación de entrada. Además, a ello hay que sumarle una resolución emitida por el Ministerio de Sanidad donde se establecen los controles que se realizarán previos a la entrada al país.

Por este motivo, y por la multitud de modificaciones que se han publicado en el BOE, hemos creado un documento donde resumimos la información publicada para una mejor comprensión. En ese documento se detalla:

  • Orden INT/715/2021, de 7 de julio, por la que se modifica la Orden INT/657/2020.
  • Modificación de las excepciones indicadas en la Orden INT/657/2020.
  • Controles sanitarios que se van a realizar en los puntos de entrada de España.
  • Listado vigente de países y zonas de riesgo.

Puede descargar el documento a través del siguiente botón: